sábado, 23 de agosto de 2008

Los procedimientos administrativos laborales en materia de seguridad social.

El art. 1 de la Ley Orgánica del Trabajo del sistema de seguridad social (LOSSS), considera lo siguiente: la presente ley tiene por objeto crear el sistema de seguridad social, establecer y regular su rectoría, organización, funcionamiento y financiamiento, la gestión de sus regímenes prestacionales y la forma de hacer efectivo el derecho a la seguridad social por parte de las personas sujetas a su ámbito de aplicación, como servicio público no lucrativo.

Se puede inferir que el estado, ha sido el promotor y garante de los postulados contenidos en los artículos 2, 3 y 86 de rango constitucional, adjuntándose al principio de legalidad y a las reglas relativas sobre la actividad administrativa en cuanto a su contenido objetivo y procedimiento siguiendo los parámetros establecidos en el artículo 141 de la CRBV.

El estado en el ejercicio de la función administrativa, la que despliega el cumplimiento de todas las pautas que conformen a los procedimientos, hacen efectivo, el derecho a la seguridad social como garantía constitucional.

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