sábado, 23 de agosto de 2008

La precariedad laboral y su incidencia en las políticas sociales de la V República: una mirada especial a las misiones

En Venezuela pese a que los esfuerzos de las clases trabajadoras realizan por mantener y enaltecer sus derechos de estabilizar en los puestos de trabajo, las condiciones económicas del país, los problemas inflacionarios, los aciertos y desaciertos de los programas de gobierno, han provocado la precarización laboral, abocando formas de inserción, relación laboral disimiles y heterogéneos caracterizado donde un aspecto económico por empleos de bajos ingresos, reducción de salarios y desde el punto de vista jurídico la perdida de beneficios sociales adquiridos.

En lo concerniente a las modalidades de contrato de trabajo, el índice de flexibilidad se traduce en, contrato a tiempo parcial o en forma temporal provocando no impactar en lo menos posible el capital empresarial. Esto ha traído como consecuencia una fuerte incorporación de la población a la precarización laboral con bajos salarios y carácter de protección previsional, típico del trabajo del sector informal, unido a ello tenemos los niveles de educación del trabajador van a influir como requisito indispensable para acceder al mercado de trabajo, por lo que las nuevas tecnologías así lo exigen.

El implemento de las misiones de la V República, a principios de 1999, el Presidente Chávez emprende un nuevo reto, en incorporar a la población excluida a los sectores productivos de la sociedad, aquellos que no han tenido acceso a la educación primaria, media y universitaria por razones como aislamiento geográfico y bajo recursos económicos, entre otros, basados en una filosofía universal y de inversión social.
Es innegable; que las misiones cumplan una función social de inclusión, pero no garantizan las mejoras en las condiciones laborales de los venezolanos.

“Un ejemplo tan evidente de la precariedad laboral en Venezuela en materia de salario o remuneración que se le otorga a los facilitadores no alcanza ni la mitad del salario mínimo, ¡es acaso esto justicia social! Para mi es aprovecharse de la necesidades de la población, además son utilizados como doctrinarios del ideal bolivariano liderado por el gobierno actual. Por lo tanto el estado no estaría cumpliendo con lo que establece su misma Constitución en su artículo 87 y 89 respectivamente. Estaría bien, aceptar un proceso de cambio, donde se nos da ejemplo de evidente de que la regulación normativa no se cumple en su totalidad”.

Toro Eloina 2008

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